En enero de 2013 entrará en vigor la receta médica privada, una medida aprobada por la Asamblea General de la Organización Médica Colegial (OMC) el pasado junio para garantizar la seguridad y la autenticidad de la prescripción, según lo establecido en el Real Decreto 1718/2010 sobre receta médica y órdenes de dispensación.
A partir de entonces, todas las recetas que extiendan los médicos, odontólogos, enfermeros y podólogos de la sanidad privada española tendrán un formato homogéneo, que incluirá un código de verificación electrónica (CVE). Esto permitirá comprobar la autoría de la receta (facultativo, colegio y especialidad), el medicamento prescrito y la farmacia que lo dispensa.
“El RD impone los requisitos que debe tener la receta médica privada para igualarlo en todos los sitios. La receta de la sanidad pública está muy estandarizada, pero en la privada no había ningún control sobre la capacidad de prescripción de los profesionales. Esta medida aporta seguridad al usuario, evita confusiones y errores, y limita la responsabilidad de unos y otros”, opinan desde Instituto para el Desarrollo e Integración de la Sanidad (IDIS).
Objetivo: conseguir la absoluta trazabilidad del medicamento
Según José María Nieto, representante nacional de Medicina privada por cuenta ajena de la OMC, la nueva receta privada “revaloriza el acto médico y evita el intrusismo, puesto que no se puede duplicar”. “Cada médico y cada receta tendrán un código único, con lo que se pretende seguir la trayectoria desde el médico al paciente”, destaca Nieto.
Para conseguir lo que Manuel Carmona, representante nacional de Medicina privada por cuenta propia de la OMC, define como la “absoluta trazabilidad del medicamento”, las recetas en papel funcionarán como cheques y cada una llevará un código proporcionado por la OMC. “Cuando un médico necesite un talonario se lo pedirá a su colegio y éste a su vez al consejo.
Así, la receta privada “impone un control estricto en la prescripción y dispensación del medicamento para evitar falsificaciones y que cualquiera pueda emitir una receta. Con la receta privada se pretende controlar quién y qué prescribe, así como quién lo dispensa. Además, se podrá saber quién es el responsable de no haber previsto las posibles reacciones adversas y efectos secundarios”, señala el vocal de Medicina privada por cuenta propia. Con respecto a otras formalidades, Carmona indica que la receta en papel servirá para una sola dispensación y quedará anulada después, y que no permite la multiprescripción para varios meses, lo que, en su opinión, supone “un paso atrás”.
En el Colegio de Médicos de Zaragoza estamos trabajando para facilitar a los colegiados en ejercicio libre, los más afectados por la entrada en vigor de la nueva receta, su adaptación a esta situación impuesta por Ley. Para ello el Colegio solicita su colaboración a la hora de la verificación de sus datos de identificación y recomienda ponerse en contacto con el Colegio para cualquier duda.
Para ello es necesario cumplimentar el formulario de Ficha de datos que hay a continuación:
A partir del 20 de Enero de 2013 todas las recetas que extiendan los médicos, odontólogos, enfermeros y podólogos de la sanidad privada española tendrán un formato homogéneo, que incluirá un código de verificación electrónica (CVE). Esto permitirá comprobar la autoría de la receta (facultativo, colegio y especialidad), el medicamento prescrito y la farmacia que lo dispensa.
En el capítulo 2 del real decreto sobre receta médica y órdenes de dispensación se dice como debe ser el modelo.
El prescriptor deberá consignar en la receta y en la hoja de información para el paciente los datos básicos obligatorios, imprescindibles para la validez de la receta médica, indicados a continuación:
a) Datos del paciente:
b) Datos del medicamento:
c) Datos del prescriptor:
Paseo Ruiseñores 2,
50006 Zaragoza
Teléfono: 976 388 011
Fax: 976 383 982
Ana Isabel Herrero 3 y 5
50008 - Zaragoza
Teléfono: 976 482 621
Fax: 976 233 490
Paseo Ruiseñores 5,
50006 Zaragoza
Teléfono: 976 369 355